Entre razones del sí

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Por Sara Sariol Sosa | 1 febrero, 2019 |
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De cara al referendo del próximo 24 de febrero, en el que el pueblo dará su voto a la nueva Constitución aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular el pasado 22 de diciembre, los granmenses también han anticipado un sí para ese, que con muchas razones se ha valorado como un proceso de conciliación y actualización.

¿Por qué esos términos? Actualización, porque la reforma del texto constitucional se adhiere a la necesidad no solo de responder a la coyuntura económica actual, sino de dar respuesta a los retos que a futuro tiene la sociedad cubana.

Conciliador, desde el momento mismo en que nuestro Parlamento acordó someter a consulta popular el proyecto con vistas a enriquecerlo con la participación directa del pueblo, consulta que incluyó a los ciudadanos cubanos residentes en el exterior, nuestras misiones diplomáticas y colaboradores que prestan servicios en otros países, como claro ejemplo de la democracia participativa y efectiva que distingue este proceso y lo hace diferente.

El pueblo una vez más se convirtió en constituyente, cuando entre el 15 de agosto y el 15 de noviembre último se celebraron en todo el país unas 133 mil 681 reuniones para el debate del anteproyecto, con una asistencia de ocho millones 945 mil 521 personas.

Como resultado de la consulta, tal y como se ha informado, en el territorio nacional se realizaron un millón 706 mil 872 intervenciones, de ellas 783 mil 174 propuestas, (666 mil 995 modificaciones, 32 mil 149 adiciones, 45 mil 548 eliminaciones y 38 482 dudas), en tanto fueron recibidas, igualmente, dos mil 125 propuestas realizadas por los cubanos residentes en el exterior.

LOS CAMBIOS

En total, la comisión encargada de la redacción final del texto, hizo 760 cambios, que van desde una palabra o frase hasta la incorporación de un párrafo o artículo completo, en fin, asumió todo lo que contribuyera a mejorar el documento.

Como resultado, en la estructura del Proyecto Constitucional se mantiene 11 títulos, 24 capítulos, 18 secciones (se añaden dos más), 229 artículos (cinco más) y ocho párrafos del preámbulo se modificaron.

Unos 134 artículos fueron modificados, lo que representa casi el 60 por ciento, tres se eliminaron y solo 87 continúan intactos.

¿Qué aportaron los granmenses en ese particular?

Luis Ortiz Rodríguez, funcionario del Partido en Granma, y miembro de la comisión que atendió aquí el proceso de consulta, destacó cómo muchas de las propuestas más recurrentes de los granmenses están expresadas en los cambios hechos al texto jurídico, modificaciones que, dijo, no se realizaron más que por la cantidad, por la consistencia de las propuestas.

Al enumerar algunas, entre otras muchas propuestas del territorio, se refirió, por ejemplo, a un término asumido tal y como aquí se planteó en cuanto al derecho de todos a una vivienda.

Cambió el concepto de vivienda “digna” por “adecuada” y se añade el concepto de hábitat seguro y saludable. El término de “vivienda adecuada” se toma de la Declaración de Estambul sobre los Asentamientos Humanos (1996), de la cual Cuba es signataria.

Mencionó, asimismo, el artículo cinco, donde se incorporó el avance hacia la sociedad “comunista” (decía “socialista”) y donde estaba escrito “marxista-leninista”, y se eliminó el guión en el medio, porque en opinión de varios catedráticos era una formulación con un matiz stalinista. Quedó “marxista y leninista”

Otro de los artículos más debatido en Granma fue el 175, y en correspondencia con iguales planteamientos en el resto de los territorios del país, el gobernador será elegido por los delegados a las asambleas municipales, un cambio respecto al anterior proyecto, que fijaba su designación.

En síntesis, se modificó la forma de elección del Gobernador y Vicegobernador Provincial en el artículo 170, que es ahora el 175. Estos cargos serán electos por los delegados de las citadas asambleas municipales, a propuesta del Presidente de la República.

En el asunto del matrimonio, que centró la atención en un número significativo de reuniones de consulta, el texto modificado lo define ahora como ‘una institución social y jurídica. Es una de las formas de organización de las familias’, se elimina el artículo 68 del anterior proyecto, que lo calificada de ‘la unión voluntariamente concertada entre dos personas con aptitud legal para ello’.

La Constitución no va a definir qué sujetos van a integrar el matrimonio. El nuevo artículo 82 establece que el matrimonio es, además, una de las formas de organización de las familias, derivando a la ley su desarrollo posterior.

La Disposición Transitoria Decimoprimera establecerá que, en el plazo de dos años de la vigencia de la Constitución, la ANPP dispondrá iniciar el proceso de consulta popular y referendo del proyecto de Código de Familia.

Como bien explicó el secretario del Consejo de Estado, Homero Acosta Álvarez, al presentar ante la Asamblea Nacional del Poder Popular, los cambios realizados en el Proyecto de Constitución de la República de Cuba, tras ser consultado al pueblo, “sobre el artículo 82 se tuvo en cuenta tanto los criterios de las personas a favor del matrimonio homosexual y los que no lo apoyan. Aquí no hay vencedores y vencidos.

“Lo que estaba antes es la voluntad que tenemos, pero este no era el momento para establecerla porque no hubo consenso. Pero mantenemos la intención de lograrlo en el futuro. El Código de Familia se someterá a votación porque es la forma más democrática de definirlo”, dijo.

Otros cambios a los cuales aportaron con sus intervenciones los granmenses están contenidos en el artículo 21, inciso F, en el cual se elimina la frase “y otras formas de propiedad” y se reconoce la propiedad de las instituciones y formas asociativas, en tanto se refuerza la responsabilidad de los hijos con los padres y los abuelos: “Los hijos están obligados a respetar, atender y proteger a sus madres, padres y otros parientes, conforme con lo establecido en la ley”.

Como deberes, se incluyeron “respetar y proteger los símbolos patrios”, y en las garantías en el debido proceso se establece disponer de asistencia letrada desde el inicio del mismo.

De modo general, la relación de propuestas hechas por los granmenses y que se reflejan en los cambios del Proyecto de Constitución, es muy abarcadora, y no se constriñe a los aquí solo mencionados, por una cuestión de espacio, baste finalmente decir que no se aceptó incorporar la obligatoriedad del trabajo, porque una obligación jurídica genera consecuencias.

La definición entonces del trabajo como un deber social, sí expresa en esencia las múltiples reflexiones sobre la necesidad de lograr que exista un incentivo económico para que las personas se incorporen a la actividad socialmente útil, una de las aspiraciones más sentidas de todos los cubanos.

Ese debate que determinó un texto final conciliador, es otra fuerte razón que anticipa el sí de los granmenses, cuando en el referendo del próximo 24 de febrero, voten por la nueva Carta Magna Cubana, que rubrica nuestros insoslayables derechos.

Pies de fotos

-Los delegados a las Asambleas Municipales del Poder Popular elegirán al Gobernador y Vicegobernador del territorio en cuestión

-Entre las propuestas de los granmenses se tuvo en cuenta asumir a la UJC no como organización de la juventud de vanguardia, sino como organización de vanguardia de la juventud cubana

-Todo cubano tiene derecho a una vivienda adecuada

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