Nuevas medidas de restricción al transporte regirán a partir del 27 de agosto en los 13 municipios de Granma.
Dichas acciones tienen como objetivo disminuir la movilidad vehicular y de personas ante el incremento de casos de Covid-19.
En el territorio se deben cerrar todos los servicios que no sean imprescindibles y mantener solo aquellos vinculados a la salud, la distribución y el abasto de agua, energía, producción y distribución de alimentos; servicios comunales y aquellos que tributan al enfrentamiento a la Covid-19.
Leonardo Labrada Mesa, Director provincial de Transporte presentó la nueva política que persigue disminuir la movilidad vehicular durante comparecencia al programa televisivo Frecuencia 12.
En consecuencia se establecen dos horarios, los autorizados a circular 24 horas en los que se incluyen ambulancias, transporte de mercancías, honrras fúnebres y otros en función de la Covid-19.
El otro horario establecido es de cinco de la madrugada a una de la tarde.
En tal sentido se habilitan para autos del sector estatal dos pegatinas para circular durante las 24 horas y de cinco de la mañana a una de la tarde en dependencia de su función.
Limitan la circulación de vehículos chapas P entre las cinco y la una de la tarde.
Los vehículos con matrícula terminal en números pares podrán circular en esos horarios lunes, miércoles y viernes; mientras que las matrículas que terminen en números impares lo harán martes, jueves y sábado.
El domingo no debe haber circulación de autos particulares a no ser una situación anormal o aquellos vinculados a la Covid-19, los cuales serán identificados oportunamente con pegatina.
Limitan el movimiento de motorinas, bicicletas, bicitaxis y medios de tracción animal y otros vehículos que no poseen matrícula en el horario comprendido entre las cinco de la mañana a una de la tarde.
Posterior a ese horario no podrán circular los medios de este tipo, a excepción de los vinculados a la Covid-19.
Los taxis vinculados a Taxiscuba, Cubataxi, ómnibus y vehículos de carga están autorizados a circular las 24 horas pero siempre en función de actividades priorizadas.
Los vehículos con matrícula F y M así como patrullas, transporte sanitario y fúnebre circulará en correspondencia de la misión que cumplen.
Se limita además la circulación de vehículos estatales disminuyendo en un 50 por ciento bajo los siguientes principios.
Los vehículos con pegatinas del tipo B se moverán dentro del municipio en el horario de cinco de la madrugada y una de la tarde.
Los vehículos con pegatina A se moverán dentro de la provincia las 24 horas.
Se prohibe la circulación de medios de transporte entre municipios salvo casos excepcionales.
Los permisos personales no justifican la movilidad de medios de transporte.
Los vehículos con pegatinas P y K que se utilizan en funciones empresariales requerirán autorización para circular según el argumento; los demás se ajustan al procedimiento de los vehículos particulares.
Se anulan los permisos de circulación anteriormente otorgados con excepción de las autorizaciones para vehículos A y B; así como las cartas de autorización para viajar entre municipios y fuera de la provincia debidamente acuñados por los intendentes de los municipios y por el gobernador para salir del territorio provincial.
Cada municipio tiene la obligación de determinar los ómnibus imprescindibles a circular y asegurar su identificación.
La mayor transmisión de la Covid-19 en Granma tuvo lugar en el municipio de Bayamo al diagnosticarse 169 casos seguido de Manazanillo con 54 y Guisa con 22 y se reportó el fallecimiento de seis personas víctimas de esta enfermedad.
cuando se refiere al siguiente parrafo,.. que quiere decir q se limita,,se puede o no circular en bici o motorina, desde las 5am a la 1pm….
Limitan el movimiento de motorinas, bicicletas, bicitaxis y medios de tracción animal y otros vehículos que no poseen matrícula en el horario comprendido entre las cinco de la mañana a una de la tarde.
Posterior a ese horario no podrán circular los medios de este tipo, a excepción de los vinculados a la Covid-19.