
En 2019, Cuba actualizó su Constitución, la que amplió sustancialmente el catálogo de derechos y garantías de los ciudadanos, al amparo de la cual comenzó una gran reforma legislativa.
La implementación de normas como el nuevo Código de las Familias, el Código Penal, las leyes de procesos y los cambios en el sistema de justicia introduce figuras, conceptos y procedimientos novedosos, por lo que puede presumirse que, sin una pedagogía jurídica accesible, existe el riesgo de que estas innovaciones no sean plenamente utilizadas o comprendidas por la población a la que van dirigidas.
Sin embargo, si los ciudadanos se informan sobre sus derechos y obligaciones contribuyen a una aplicación más consensuada y fluida de dichas leyes, a la vez que se fortalece la confianza en las instituciones.
Ante una reforma normativa, si bien es necesario capacitar a los encargados de hacer valer las leyes, su cumplimiento, y a quienes proceden en su marco, también es preciso que los ciudadanos comunes conozcan los derechos y las obligaciones que se les atribuyen en cada una de estas normas. Ello permite el empoderamiento para el acceso efectivo a la justicia, así como la prevención y la solución temprana de conflictos.
En el camino hacia sistemas judiciales genuinamente inclusivos, la educación en derechos se erige no como un complemento, sino como la base fundamental. Esta fue la premisa central de la intervención especial de Enrique Gil Botero, secretario general de la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos (Comjib), quien disertó sobre la intrincada y esencial relación entre el conocimiento jurídico ciudadano y el efectivo acceso a la justicia.
Botero partió de una crítica contundente: una justicia enclaustrada en formalismos técnicos, y ajena a la centralidad de las personas, traiciona su razón de ser. Para superar esta barrera, propuso centrar la reflexión en tres conceptos claves definidos por la Convención Iberoamericana: el acceso a la justicia, el empoderamiento jurídico y las necesidades jurídicas.
El acceso a la justicia, comentó, va mucho más allá de la mera posibilidad física de presentar una demanda ante un tribunal. Se trata del derecho integral a conocer los derechos, contar con apoyo legal efectivo, y obtener respuestas oportunas y adecuadas de las instancias competentes. Sin este enfoque amplio, acercarse a un tribunal puede ser una ilusión, como ilustró con la metáfora de una carta que llega a su destino, pero cuyo contenido no se comprende.
El segundo pilar, el empoderamiento jurídico, es el proceso mediante el cual las personas y comunidades adquieren el conocimiento y la capacidad para utilizar las leyes y el sistema jurídico para encontrar soluciones a sus problemas. Este empoderamiento es imposible en la oscuridad de la ignorancia.
Para identificar dónde actuar, la Convención introduce la crucial categoría de necesidades jurídicas. Estas no son simples expedientes judiciales, sino problemas concretos de la vida –un desalojo, una pensión impagada, discriminación, violencia de género, daño ambiental, entre tantas otras– que pueden y deben ser resueltos a través de mecanismos jurídicos.
Muchas de estas necesidades permanecen ocultas porque las personas no saben que sus problemas tienen un nombre y una solución en el derecho. Una sociedad justa, siguiendo a pensadores como Rawls, es aquella cuyas instituciones priorizan la respuesta a las necesidades más urgentes de los más vulnerables.
Ahí, explicó Botero, es donde la educación en derechos despliega su papel transformador como puente entre estos tres conceptos. Sin ella, el acceso a la justicia es una promesa vacía, el empoderamiento no despega, y las necesidades jurídicas permanecen invisibles. No se trata solo de ampliar servicios, sino de transformar la relación de las personas con el Derecho, desarrollando sus capacidades para comprender, deliberar, reclamar y participar.
La Convención Iberoamericana, cuyo texto se aspira a aprobar en 2026, convierte esta educación en una obligación estatal concreta. Los estados se comprometerían, entre otras medidas, a generar políticas públicas de educación y divulgación, a integrar la alfabetización jurídica en los currículos escolares formales e informales, y a garantizar que en los procesos judiciales se proporcione información comprensible y se utilice un lenguaje claro, adaptado a personas en situación de vulnerabilidad.
Botero trazó un hilo filosófico que conecta esta visión con Sócrates, para quien la injusticia brota de la ignorancia; con Aristóteles, para quien la educación política es condición de una política justa; y con Cicerón, para quien no hay consenso jurídico posible entre quienes desconocen las leyes. En la actualidad, pensadores como Martha Nussbaum y Amartya Sen, con su enfoque de capacidades, subrayan que la justicia se mide por lo que las personas pueden realmente ser y hacer con sus derechos.
La educación en derechos, por tanto, tiene un impacto tangible y específico: permite a una mujer reconocer la violencia de género como un delito, empodera a una comunidad indígena para defender su territorio ante proyectos extractivos, y enseña a un niño que su voz cuenta y que está protegido. Es un antídoto contra la cultura del silencio y un nutriente para una cultura de la palabra y la exigibilidad.
En un mundo de desigualdades crecientes y desinformación, agregó Gil Botero, la educación en derechos y el acceso a la justicia se convierten en antídotos democráticos fundamentales. La Convención ofrece el marco para que esta visión se haga realidad, transformando cada aula, cada juzgado y cada comunidad en un espacio en el que se enseñe que el Derecho no es un obstáculo, sino una herramienta para la dignidad.
El desafío, finalizó, es que este tratado no sea solo un texto más, sino el inicio de una nueva cultura jurídica iberoamericana, en la cual a nadie se le niegue la justicia por no saber, no entender o no ser escuchado.
