Un Código que garantiza el ejercicio de un trabajo digno

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Por Granma | 2 septiembre, 2025 |
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Con el propósito de que la población cubana conozca lo relativo a la relación individual de trabajo y sus derechos que se derivan, así como la garantía para que las personas en condiciones de trabajar tengan un empleo digno y laboren en entornos seguros; fue publicado, ayer, el anteproyecto de Ley del Código de Trabajo, que será sometido a un amplio proceso de consulta en los colectivos laborales, a partir del 8 de septiembre y hasta el 30 de noviembre.

Entre las novedades se establece que se incorpora en el ámbito de aplicación, como sujetos, a las mipymes, las cooperativas, los titulares de los proyectos de trabajo por cuenta propia y de desarrollo local, las formas asociativas y cualquier otra institución o forma de gestión no estatal; y todos, en condiciones de empleador, establecen relaciones laborales con las personas trabajadoras que requieren para desarrollar su actividad.

Asimismo, se dispone el derecho para aquellos trabajadores cuyos familiares, bajo su cuidado, se encuentran en situación de dependencia, con previa presentación de la evaluación de salud acompañada del documento que certifica que el familiar requiere ayuda para la realización de los actos esenciales de la vida diaria, y la imposibilidad de su atención en una institución del Sistema Nacional para el Cuidado Integral de la Vida.

Además, se incorporan precisiones para conciliar las actividades laborales con la vida personal y las responsabilidades del cuidado, al regular como un derecho la posibilidad de utilizar el trabajo a distancia o el teletrabajo, siempre que sea posible, cuando concurren circunstancias personales o la persona trabajadora tiene familiares en situación de dependencia bajo su cuidado.

El anteproyecto de Ley también, perfecciona el procedimiento previsto en materia laboral para la persona trabajadora con interés de viajar al exterior por asuntos particulares, que utiliza para ello el periodo de sus vacaciones acumuladas: Se mantiene la concesión de hasta dos meses consecutivos en el periodo de un año natural de una licencia no retribuida para viajar al exterior por asuntos particulares, a continuación del tiempo de vacaciones concedido, lo que debe incluir las fechas de salida y regreso.

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